𝐀𝐍𝐔𝐍𝐂𝐈𝐎 𝐃𝐄 𝐏𝐑𝐎𝐘𝐄𝐂𝐓𝐎

Según la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo, en su Art. 66: “El anuncio del proyecto es el instrumento que permite fijar el avalúo de los inmuebles dentro de la zona de influencia de obras públicas, a partir de la fecha del anuncio público de las respectivas obras, a fin de evitar el pago de un sobreprecio en caso de expropiaciones inmediatas o futuras. El anuncio será obligatorio y se realizará mediante acto administrativo que será publicado en un diario de amplia circulación en la localidad donde se ejecutará la obra, en la página electrónica institucional y será notificado al propietario del predio. La dependencia de Avalúos y Catastros del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado municipal o metropolitano, así como el Registro de la Propiedad, establecerán el área del proyecto y su plazo de inicio, que no será superior a tres años desde su notificación.”

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